El Ministerio de Salud Pública de la República de Cuba publica en su página oficial la modificación de las medidas de control sanitario en el país ante la

El Ministerio de Salud Pública de la República de Cuba publica en su página oficial la modificación de las medidas de control sanitario en el país ante la apertura de sus fronteras al turismo internacional.

A continuación, Directorio Cubano  reproduce el texto integro por su importancia:

El país mantiene una disminución del número de casos confirmados de COVID-19 con un comportamiento al control. En correspondencia con los resultados alcanzados se propone la modificación de medidas de Control Sanitario Internacional que fueron adoptadas en la fase de transmisión comunitaria.


Medidas que se mantienen:

  • Mantener la vigilancia epidemiológica de control sanitario internacional en todos los Puntos de Entrada al país (puertos, aeropuertos y marinas) en las tres líneas de vigilancia establecidas.
  • Mantener el llenado de la Declaración de Sanidad del Viajero (Mod. 82-33-02) (Declaración Jurada de Salud), para todos los viajeros internacionales que arriben al país.
  • Continuar con la toma de temperatura a todos los viajeros que pretendan entrar y salir del país.
  • Uso obligatorio del nasobuco o mascarilla en todas las instalaciones aeroportuarias (pasajeros y trabajadores).
  • Mantener el diseño de los flujos, señaléticas y barreras que garanticen el distanciamiento físico.
  • Garantizar el uso de los medios de protección individual por los trabajadores.
  • Sostener las estaciones de desinfección de manos en todos los flujos (entradas y salidas de las terminales aéreas, portuarias y las marinas internacionales).
  • No permitir en ningún Punto de Entrada trabajadores con signos o síntomas respiratorios u otros sugestivos de la COVID-19 u otra enfermedad trasmisible.
  • Es obligatorio el Seguro Médico COVID-19 para viajeros internacionales y cubanos residentes en el exterior.

Nuevas medidas a implementar

A la entrada del país:

  • Cuba elimina la cuarentena obligatoria de los viajeros internacionales al arribo al país a partir del 7 de noviembre y la realización del PCR-RT a la entrada a partir del 15 de noviembre de 2021.
  • Entre el día primero y siete de noviembre de 2021 se establecerá para todos los viajeros internacionales una cuarentena de 72 horas hasta tener un resultado negativo del PCR RT realizado a la entrada al país.
  • Todos los viajeros internacionales (cubanos o extranjeros) que arriben al país, deberán presentar un pasaporte de salud o certificado internacional de vacunación anti-COVID-19 de aquellas vacunas certificadas por las agencias reguladoras correspondientes.
  • Todos los viajeros que no presenten pasaporte de salud o certificación internacional de vacunación anti-COVID-19, están en la obligación de presentar al arribo una certificación de PCR-RT negativo a COVID-19 realizado durante las 72 horas antes de viajar, de un laboratorio certificado en el país de origen.
  • Los niños menores de 12 años, independientemente de su nacionalidad, estarán exentos de presentar un esquema de vacunación o prueba de PCR-RT al arribo a Cuba.
  • Todo viajero cubano residente o no en el país que al arribo no presente la evidencia de un esquema de vacunación aplicada, ni una prueba de PCR-RT negativo, será objeto de la aplicación de la legislación vigente y cumplirá aislamiento institucional durante diez días, asumiendo los gastos de alojamiento y transportación.
  • Los viajeros internacionales procedentes de los Estados Unidos deben presentar como requisito de entrada al país el pasaporte de salud o certificado de vacunación.
  • Para abordar el vuelo las líneas aéreas exigirán a sus pasajeros la evidencia de un esquema de vacunación o una prueba de PCR-RT negativo realizado 72 horas antes de viajar.
  • El personal de Control Sanitario Internacional comprobará la autenticidad del certificado o pasaporte de salud con los medios correspondientes y en los términos aprobados.
  • Se implementarán los mecanismos digitales necesarios para la comprobación de la veracidad de los certificados internacionales y nacionales de vacunación anti-COVID-19.
  • En correspondencia con las acciones de vigilancia epidemiológica que se realizan al arribo, se tomará muestra de PCR – RT de manera aleatoria.
  • Todo viajero internacional que arribe al país por cualquier Punto de Entrada y presente signos y síntomas de la COVID-19 u otra enfermedad trasmisible, será remitido a una institución de salud destinada al efecto y se le realizará una prueba de PCR-RT.

Dentro del país:

  • Se exigirá el uso permanente del nasobuco o mascarilla a todos los trabajadores que interactúan directamente con los turistas internacionales o nacionales, así como las soluciones desinfectantes.

Para los turistas en instalaciones extranjeras:

  • La vigilancia epidemiológica de los turistas se realizará en las instalaciones hoteleras durante su estancia en el país, para ello se fortalece la asistencia médica con la ubicación de equipos básicos de salud las 24 horas del día, garantizando el cumplimiento de los protocolos establecidos, con el objetivo de hacer del turismo internacional una actividad más segura y confiable.
  • A todo turista que sea detectado con signos o síntomas respiratorios u otros síntomas sugestivos de la COVID-19 o de cualquier enfermedad trasmisible, se remitirá a la institución de salud correspondiente para su evaluación.
  • En el caso en que se le notifique a algún turista que es positivo al PCR, de inmediato se convierte en un caso confirmado de COVID-19 y se le aplica el protocolo establecido.

Para los viajeros cubanos no residentes en el país y turistas que se hospeden en casas particulares:

  • La vigilancia epidemiológica de los turistas no hospedados en hoteles se les realizará por las áreas de salud, estableciéndose la obligatoriedad de presentarse ante las autoridades de salud según corresponda, en caso de presentar signos o síntomas sugestivos de COVID-19.
  • Se responsabiliza a los propietarios de las casas de renta o personas que hospeden a viajeros no residentes en el país, de informar con inmediatez a las autoridades sanitarias correspondientes la aparición de cualquier sintomatología que presenten los mismos.
  • Los viajeros cumplirán estrictamente con todas las indicaciones médicas que se le emitan, así como los complementarios a realizarse en función del riesgo epidemiológico que represente el país o los países visitados.
  • El médico y la enfermera de la familia, así como la Vicedirección de Epidemiología del área de salud, llevarán el control de los viajeros internacionales, radicados en su universo de trabajo.
  • El Equipo Básico de Salud mantendrá los mecanismos de comunicación con los responsables de las Casas de Renta u hostales que existan en su universo, para mantener un sistema de vigilancia epidemiológica eficiente y oportuna.

Para los viajeros cubanos residentes en el país:

  • Para los viajeros cubanos residentes en el país se establece presentarse en el consultorio del médico de familia o área de salud en un periodo no mayor de 48 horas del arribo.
  • Todo viajero cubano residente en el país de no estar vacunado, se realizará una toma de muestra para realizar el test de antígeno a SARS-CoV-2 al 7mo día del arribo en su área de salud y de presentar síntomas se tratará como un caso sospechoso.
  • El médico de la familia realizará una consulta inicial una vez que el viajero se presente en el consultorio, dejando constancia en la Historia Clínica individual, y de ser necesario programará una próxima consulta para la evolución del estado de salud. Realizará una consulta obligatoria al día 15 del arribo para el cierre de la vigilancia epidemiológica.

Medidas que se eliminan:

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  • Cuarentena de los viajeros internacionales al arribo al país, a partir del 7 de noviembre, de forma escalonada.
  • Realización del PCR-RT obligatorio en frontera de todo viajero internacional a la entrada al país.

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Fuente: directoriocubano.info